Entra en vigor la nueva ley de publicidad del juego en España
Ya es una realidad: el 31 de agosto entró en vigor el real decreto que regula la publicidad de apuestas y juegos de azar ‘online’ en nuestro país.
La norma fue aprobada en noviembre del año pasado, y se expone enlos artículos 7 y 8 de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego que prohíbe la publicidad en radio y televisión fuera del horario de 1.00 a 5.00 horas. Además, ajusta el contenido de los mensajes publicitarios con el fin de proteger a los sectores más vulnerables.
La nueva normativa obliga a llevar los anuncios de apuestas al horario de una a cinco de la madrugada en televisión, radio y plataformas de vídeo como Youtube. En internet solo podrá verse dicha publicidad en los portales de las empresas del juego y en sus redes sociales, siempre con el consentimiento del receptor. Fuera de este ámbito los operadores deberán asegurarse de que sus anuncios no se dirigen a menores o población vulnerable.
Según destaca Consumo, con la nueva regulación, las empresas solo podrán dirigir sus ofertas a clientes registrados y verificados y, en ningún caso, a personas que hayan mostrado comportamientos patológicos en la actividad del juego.
Restricciones
Además, la norma pone fin a la publicidad por correo postal o electrónico sin consentimiento previo y plantea otra cuestión que afecta a las personas famosas: la publicidad que se emita ya no podrá contar presentadores famosos, deportistas reconocidos o personajes de notoriedad pública.
La nueva ley prohíbe los bonos de captación si no estás previamente registrado e identificado y excluyen especialmente de estas ofertas a las personas que hayan mostrado comportamientos problemáticos con el juego. Además, queda prohibido que los clubes deportivos patrocinen casas de apuestas, lo que afectará a la publicidad que luce una equipación, a los estadios, a las instalaciones deportivas…
El incumplimiento de esta normativa puede conllevar sanciones y multas que van desde los 100.000 euros hasta el millón de euros; también puede suponer la suspensión de actividades durante seis meses.