Las asociaciones de mujeres muestran su preocupación por el Anteproyecto de reforma del Código Penal en materia de violencia de género

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Las asociaciones que llevan años trabajando por la erradicación de la violencia de género en nuestro país quieren dar la voz de alarma ante posibles consecuencias en esta problemática que se pueden derivar de la modificación del Código Penal, puesta en marcha a través del llamado anteproyecto presentado por el Ministerio de Justicia.

Entre las principales cuestiones que han suscitado las críticas y la indignación de las organizaciones feministas se destaca la ausencia del término “violencia de género” en el anteproyecto, que de manera explícita fue introducido por la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. “La terminología es una cuestión básica que ha constado muchos años de esfuerzo, es fundamental para visibilizar este fenómeno social, no podemos retroceder en ninguno de los avances ya realizados”, añaden.

Asimismo, llama poderosamente la atención la introducción de la mediación como nueva medida para condicionar la suspensión de la ejecución de la pena, cuestión vedada expresamente en la Ley Orgánica 6/1985 del 1 de julio del Poder Judicial, tras la reforma introducida por la LO 1/2004, y el Convenio de Estambul del Consejo de Europa firmado por España y pendiente de ratificación. Sobre esta cuestión las asociaciones afirman que “dado el desequilibrio de poder entre víctima y agresor en casos de violencia de género no cabe la mediación, cuyo principio básico es la igualdad entre las partes”. “El ejercicio de la mediación en esta casuística pone en riesgo a la víctima al tiempo que minimiza la acción violenta del perpetrador”, añaden.

La Ley de Violencia de Género vigente recoge expresamente que ninguna pena de prisión puede ser sustituida por una pena de multa, sin embargo en el Anteproyecto del Código Penal presentado sí contempla esta medida “que aumenta la impresión generalizada sobre la impunidad de los agresores y además puede terminar recayendo sobre las propias víctimas en supuestos de dependencia económica”.

“Resulta además contradictorio que se utilice esta benignidad en las penas que afectan de forma especial a las mujeres mientras que otras cuestiones se pide la imposición de la cadena perpetua”, recalcan.

También este nuevo texto incluye que ya no es de obligado cumplimiento que el juez de instrucción inicie un proceso judicial por un parte médico de lesiones de menor gravedad, siendo necesaria la denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. “Si la decisión última de denunciar recae en las víctimas volvemos a relegar la violencia de género al ámbito privado, excluyendo la responsabilidad que debemos tener el resto de la población en la lucha contra esta lacra social”.

Debido a la gravedad que pueden traer aparejados estos cambios en la lucha contra la violencia de género y su sensibilización en la ciudadanía, las organizaciones de mujeres abajo firmantes instan a los responsables de la modificación del Código Penal a que cuenten con todos los agentes jurídicos pero también sociales “por la responsabilidad que tenemos todos y todas con las víctimas de malos tratos”.

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